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⚠️ OBLIGATORIO EN ESPAÑA — Ley de Movilidad Sostenible

Documento de Control Digital

Será obligatorio en formato electrónico a partir del 5 de octubre de 2026. Guía práctica para cargadores y transportistas.

Cumplimiento legal
Código QR para inspecciones
Firma electrónica avanzada
Creación en menos de 2 min

Actualizado: 29 mayo 2026 · Lectura: 7 min

¿Qué es el Documento de Control?

Es un documento administrativo obligatorio (Orden FOM/2861/2012) que debe acompañar a toda mercancía transportada por carretera en territorio nacional. Registra quién contrata el envío, quién lo transporta, qué se lleva, de dónde a dónde y cuándo. Debe ir a bordo del vehículo.

Se conoce también como DeCA (Documento electrónico de Control Administrativo).

Ámbito: transporte nacional de mercancías por carretera. No aplica a transporte internacional (exportaciones/importaciones, que se documentan con CMR o eCMR).

¿Por qué muchas empresas no lo conocen si es obligatorio desde 2012?

Porque la normativa permite que otro documento que ya contenga los mismos datos (albarán, carta de porte…) sirva como documento de control (art. 2.2). Si la documentación actual de su empresa ya incluye las menciones obligatorias, ha estado cumpliendo sin saberlo. Lo que cambia ahora es que a partir de octubre de 2026 debe ser en formato electrónico.

¿Qué cambia el 5 de octubre de 2026?

La Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible exige que el documento de control sea obligatoriamente digital. Para cumplir, existen dos opciones:

Opción A: DeCA digital independiente

Crear un Documento de Control digital específico que cumpla los requisitos técnicos y acompañe al envío. Es más fácil desde el punto de vista operativo y no requiere firma digital.

Opción B: Un solo documento digital

Generar una Carta de Porte Digital que incluya todos los datos obligatorios del Documento de Control. Un solo documento, doble función.

Sanciones por incumplimiento (Art. 141.17 LOTT)

La carencia o falta de datos esenciales constituye infracción leve: multa de 401 a 600 € (precio transporte < 1.000 €), graduada al alza para importes mayores (art. 143.1). También es infracción la ocultación o falta de conservación de la documentación.

¿A quién afecta? Responsabilidad compartida

Tanto el cargador como el transportista son responsables de que el documento exista y esté correctamente cumplimentado (art. 4 y 7).

ResponsableObligación
CargadorFormalizar el documento. Responde si no existe.
TransportistaFormalizar y llevarlo a bordo.

Subcontratación

Cuando un transportista subcontrata a otro, pasa a ser el cargador contractual del nuevo envío. Debe figurar como tal en el Documento de Control y aportar sus datos al transportista efectivo.

Exentos: mudanzas, vehículos accidentados, paquetería de bultos reducidos, transporte internacional por carretera.

Datos obligatorios del documento

Según el artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012, el documento debe contener como mínimo:

  • Cargador contractual: nombre, NIF y domicilio
  • Transportista efectivo: nombre y NIF
  • Origen y destino del envío
  • Naturaleza y peso de la mercancía
  • Fecha de realización del transporte
  • Matrícula del vehículo (tractor y semirremolque)
  • Autorización especial de circulación, si procede
  • Observaciones que las partes consideren útiles

Sin firma obligatoria

El DeCA no requiere firma. Solo se exige en Carta de Porte.

Conservación 1 año

Ambas partes, mínimo un año.

Cambio de vehículo

Debe constar si ocurre en ruta.

¿Cuántos documentos requiere un transporte?

¿Cuántos documentos requiere tu envío?

Responde 2 o 3 preguntas y te decimos cuántos Documentos de Control corresponden a un transporte.

1¿Qué tipo de transporte realizas?

Cómo cumplir con BlueCMR

Cada requisito de la normativa, resuelto.

La normativa exigeBlueCMR lo resuelve
Documento digital obligatorioCreación en menos de 2 minutos desde web, móvil o API.
Formato electrónico para inspeccionesConforme a la Resolución de 22/05/2023 (DGTT).
Código QR y acceso para autoridadesQR automático vinculado al documento.
Firma avanzada (si Carta de Porte como DeCA)Firma eIDAS incluida. En DeCA independiente es opcional.
Integridad y autenticidadEvidencias criptográficas y sellado temporal.
Conservación mínima 1 añoCustodia segura con trazabilidad completa.
Dos ejemplares (cargador + transportista)Acceso compartido en tiempo real.
Cambio de vehículo en rutaEventos en tránsito: matrícula, conductor, transferencias.
Preparación para eFTIDatos estructurados listos para intercambio electrónico.

Dos formas de crear documentos

Interfaz de usuario

Desde escritorio o móvil con plantillas inteligentes y autocompletado por empresa, mercancía y ruta habitual.

API REST / ERP

API REST y webhooks para automatizar la creación de documentos desde su ERP o TMS sin modificar infraestructura.

Digitalización progresiva, a su ritmo

Puede empezar por el Documento de Control digital más básico y avanzar paulatinamente hacia la Carta de Porte Digital, que integra la función contractual y administrativa en un solo documento. Sin obligación de dar el salto de golpe.

Hacia el intercambio electrónico de datos (eFTI)

El formato actual (PDF con QR) es una solución transitoria. La normativa europea avanza hacia el Reglamento eFTI, que sustituirá los documentos PDF por el intercambio directo de datos estructurados entre empresas y autoridades. Las plataformas que gestionen los datos de forma estructurada estarán mejor preparadas para esta transición, que requerirá certificación por parte de ENAC. BlueCMR ya trabaja con datos estructurados.

Preguntas frecuentes

Vídeo explicativo

Empiece hoy y esté preparado para octubre de 2026

Digitalice sus documentos de control con total seguridad jurídica.

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